viernes, 4 de septiembre de 2026

Hechos. Datos. No relato.

Hidrocarburos en la plataforma continental: el decreto 868/2026 pone a Cancillería como autoridad de aplicación y fija plazos de diez días

Publicado hoy en el Boletín Oficial, el decreto reglamenta la Ley 26.659 y suma declaraciones juradas de cumplimiento para pedir permisos hidrocarburíferos y para adherir al RIGI.

Redacción ATQD

El Poder Ejecutivo publicó este 4 de septiembre en el Boletín Oficial el Decreto 868/2026, firmado el 3 de septiembre, que refuerza la aplicación de la Ley 26.659 sobre actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental Argentina.

De acuerdo con el texto, el artículo 1 designa al Ministerio de Relaciones Exteriores como autoridad de aplicación de la Ley 26.659 y su modificatoria. Hasta ahora la ley existía pero el circuito administrativo para hacerla valer no estaba concentrado en un organismo con procedimiento propio.

El decreto fija plazos concretos. Según el articulado publicado, los organismos públicos tienen cinco días para informar hechos que configuren conductas prohibidas por la ley; el presunto infractor cuenta con diez días hábiles administrativos para presentar su descargo; y la autoridad de aplicación tiene diez días para dictar la resolución sancionatoria o archivar las actuaciones.

Hay un segundo efecto, este sobre quienes quieren invertir. Los artículos 9 a 11 exigen declaraciones juradas de cumplimiento normativo tanto en las solicitudes de adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) como en los pedidos de permisos hidrocarburíferos. Es decir: quien pide un beneficio o un permiso al Estado argentino tiene que declarar formalmente que no está operando en infracción a la Ley 26.659.

Qué cambia en concreto. Antes, una denuncia por actividad hidrocarburífera no autorizada en la plataforma continental no tenía un plazo cerrado de resolución. Con el decreto, el expediente tiene que terminar —con sanción o con archivo— dentro de los plazos que fija la norma. El decreto entra en vigencia el día de su publicación.

El texto completo del Decreto 868/2026 está disponible en el Boletín Oficial.